S&M Clínica Ocupacional y Asistencial acató las nuevas
leyes que el estado Peruano en trabajo con el Ministerio de Salud crearon para
mejorar la calidad de estos servicios. Se creó el “Protocoló de exámenes
médicos obligatorios por Actividad” Esto como su mismo nombre lo dice obliga a
las clínicas que brindan este servicio a seguir un conjunto de reglas para
poder cumplir con lo requerido por el ministerio de Salud. Este nuevo
reglamento fue implementado en el año 2011.
Una de las características es tener que los pacientes deben
ser atendidos por médicos especialista en medicina ocupacional o en la
especialidad que debe ser atendido. Esto no sugiere un inconveniente en la
Clínica ya que desde sus inicios en el año 2003 la clínica se dio el arduo
trabajo de contratar profesionales que cumplan con los requisitos necesarios
para que puedan atender a nuestros pacientes brindándoles el mejor servicio.
Se tienen los elementos fundamentales para desarrollar la
atención ocupacional: Ficha Clínica Ocupacional, S&M cuenta con un sistema
de datos moderno y guardado en una computadora. La ficha Psicológica es
realizada por nuestra psicóloga Ocupacional que se encarga de atender uno por
uno los problemas o posibles problemas que los pacientes puedan tener. A
comparación de otras clínicas que brindan estos servicios de manera grupal,
nosotros nos diferenciamos mediante la atención personalizada.
Los tipos de exámenes médicos que brindamos:
·
Evaluación
médica Pre – Empleo: Consiste en atender al paciente y postulante a un
puesto de trabajo dentro de la empresa. Es decir, el empleador contrata los
servicios de la empresa para descartar cualquier tipo de restricciones y
conocer su estado de salud y su aptitud para realizarlos.
·
Evaluación
médica periódica: Con el fin de monitorear la exposición de factores de
riesgo e identificar a tiempo alteraciones temporales, permanentes o agravadas
de la salud del trabajador, asociadas al puesto de trabajo y los estados pre
patogénicos, su periodicidad la determina el médico ocupacional, pero al menos
deben efectuarse una vez al año.
·
Evaluación
médica ocupacional de retiro: se realiza días previos al cese laboral, sin
embargo, en caso se cuenten con análisis previos a no mayor a 2 meses, éstos
tendrán validez.
·
Otras
evaluaciones médico - ocupacionales:
a. Por cambio de ocupación o puesto de
trabajo.
b. Por reincorporación laboral.
c. Por contratos temporales de corta
duración.